Desde septiembre de 2025, la Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442 establece que todo administrador de condominio en Chile debe estar inscrito en el Registro Nacional de Administradores de Condominios, dependiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Esta medida busca profesionalizar el rubro y proteger a los copropietarios de malas prácticas.
Si eres parte de un comité de administración, este artículo te explica qué significa esta obligación, cómo verificar si tu administrador cumple y qué hacer si no está inscrito.
¿Qué es el Registro Nacional de Administradores de Condominios?
Es un sistema público, único, obligatorio y gratuito administrado por el MINVU donde deben inscribirse todas las personas naturales y jurídicas que presten servicios de administración de condominios en Chile. Su objetivo es garantizar que quienes ejercen esta función tienen la formación y los antecedentes necesarios para hacerlo correctamente.
¿Quiénes deben inscribirse?
- Administradores persona natural que presten servicios a título oneroso.
- Empresas de administración de condominios (personas jurídicas).
- Subadministradores que actúen en representación de una empresa.
No están obligados a inscribirse los copropietarios que administran su propio condominio de forma voluntaria y sin cobrar honorarios.
¿Qué requisitos exige la ley para inscribirse?
Para personas naturales
- Estar inscrito en el Registro con nombre, RUT y datos de contacto.
- Haber completado un curso de administración de condominios certificado por una OTEC autorizada por el SENCE.
- Declaración jurada de autenticidad de los documentos presentados.
- No tener condenas por delitos que impliquen deshonestidad o apropiación indebida.
Para personas jurídicas (empresas)
- Todos los requisitos anteriores aplicados al representante legal o a los socios que ejerzan la labor de administración.
- Identificación del representante legal y documentación de la empresa.
- Declaración jurada corporativa.
¿Cómo verificar si tu administrador está inscrito?
El Registro es público y puedes consultarlo directamente en el sitio web del MINVU. Solo necesitas el nombre o RUT del administrador o la empresa para verificar si están al día. Es altamente recomendable que el comité de administración realice esta verificación antes de firmar cualquier contrato.
¿Qué pasa si un administrador no está inscrito?
Un administrador que ejerza sin estar inscrito en el Registro está infringiendo la Ley 21.442. El comité puede denunciar esta situación ante la SEREMI correspondiente, que puede imponer sanciones administrativas. Además, los contratos firmados con administradores no inscritos pueden quedar en una situación jurídica compleja.
¿Por qué esto es importante para tu comunidad?
Contratar a un administrador inscrito en el Registro no garantiza por sí solo una buena gestión, pero sí garantiza un mínimo de formación y la posibilidad de recurrir a los mecanismos legales de reclamación si hay incumplimientos. El Registro también funciona como incentivo de calidad: los administradores saben que sus antecedentes son públicos y verificables.
Adicionalmente, la existencia del Registro facilita enormemente la comparación entre proveedores: puedes verificar cuántas comunidades administra cada uno, su trayectoria y si tiene antecedentes de denuncias.
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Preguntas frecuentes
❓ ¿Dónde consulto el Registro Nacional de Administradores?
En el sitio web oficial del MINVU (minvu.cl), en la sección dedicada a la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria. La consulta es gratuita y pública.
❓ ¿Qué curso de administración de condominios es válido para inscribirse? Debe ser un curso certificado por una OTEC autorizada por el SENCE. Los cursos que no tienen esta certificación no habilitan para la inscripción en el Registro.
❓ ¿Con qué frecuencia debe renovarse la inscripción?
La Ley 21.442 establece requisitos de actualización periódica. Es responsabilidad del administrador mantener su inscripción vigente. El comité puede verificar esto en cualquier momento.
❓ ¿Puedo seguir con mi administrador actual si no está inscrito?
Técnicamente el administrador está incumpliendo la ley. Lo recomendable es notificarle formalmente sobre la obligación de inscribirse y fijar un plazo razonable. Si no lo hace, es una causal válida para iniciar el proceso de cambio de administrador.
❓ ¿UFM está inscrita en el Registro?
Sí. UFM Urban Facility Management cumple con todos los requisitos de la Ley 21.442, incluyendo la inscripción en el Registro Nacional de Administradores de Condominios del MINVU.





